EL VALOR DE NUESTRA HISTORIA MONETARIA
En el artículo que publiqué en la edición anterior expliqué cómo teniendo claro la vocación global que tiene Panamá, nuestros antepasados nos legaron leyes que, tomando ventaja de la miopía de los demás y de las necesidades de los negocios mundiales, nos han generado riquezas. Hoy quiero referirme a la norma legal que más ha impactado en la economía de los panameños: la prohibición constitucional al gobierno de emitir papel moneda. Comenzaré recontando la historia que nos llevó a esa maravillosa decisión.
En 1884 Rafael Núñez gana la presidencia de la República por el partido liberal. Pero Núñez adelanta políticas contrarias a la agenda liberal. Estos se levantan en armas contra Núñez, quien recibe el apoyo de un grupo de liberales y del partido conservador. Núñez triunfa y con las bases de su apoyo forma el Partido Nacional, base ideológica del gobierno de la regeneración.
Para financiar esta guerra, Núñez acudió a la emisión clandestina de billetes del Banco Nacional. Para 1886 se vio forzado a suspender su convertibilidad de los billetes por oro. Decretó el curso forzoso del Billete del Banco Nacional y prohibió la libre estipulación de la denominación monetaria en los contratos, obligándose a que estos siempre fueran estipulados en peso colombiano.
La exclusión política del sector liberal, la mala situación económica, los escándalos monetarios y financieros, porque la emisión clandestina no vino a salir a la luz pública sino hasta después, dieron los elementos para una rebelión. Se levantan los liberales y se produce la Guerra de los Mil Días, que gana el gobierno de la regeneración.
La guerra la financian nuevamente con emisiones clandestinas, generando una inflación que, en ese momento, fue la inflación más alta registrada en la historia de la humanidad; llegó a 389% en 1901; la devaluación fue como 18 mil a una, algo realmente catastrófico.
¿Qué pasó en Panamá durante todo este período? Para conocerlo llevé a cabo una investigación en la hemeroteca de la Biblioteca Nacional, encontrándome lo siguiente:
El “Star & Herald” de 31 de mayo de 1886 publica una opinión diciendo que los decretos que establecen el papel moneda de curso forzoso, le harían mucho daño a la economía de Panamá “porque no tenemos industria y agricultura”, explica que el canal continuaría pagando con su papel moneda y dice que los comerciantes locales le piden a Núñez que exima a Panamá de la aplicación de esta medida.
Luego, en el “Star & Herald” de 5 de junio de 1886, otro editorial solicitando que no se aplique en Panamá el papel moneda. Señala como precedentes que dos decretos anteriores: el que creaba aduanas y el del monopolio de licores en Colombia, no fueron aplicados en Panamá por parte de Núñez. Con relación a la moneda, textualmente dice: “no existe país en el globo, y ciertamente ningún centro comercial, en el que las desastrosas consecuencias de la introducción de papel moneda de curso forzoso pueda ser sentido como en Panamá. Todo lo que consumimos es importado. Las cartas de crédito son el único medio de intercambio. ¿Podrán la compañía del canal u otras empresas o los banqueros privados emitir estas cartas de crédito a cambio de pedazos de papel llamados papel moneda, los cuales no representan valor alguno otro que el de imprimir los mismos?...Pero es ciertamente seguro que no existirá papel moneda emitido en el Istmo.”[1]
Con posterioridad el Gobernador Civil de Panamá suspende la ejecución de los Decretos sobre circulación forzosa de los Billetes del Banco Nacional, de la moneda de quinientos milésimos y suspensión del término de ciertas obligaciones, mientras resuelve definitivamente el Poder Ejecutivo Nacional sobre las peticiones que se le han dirigido. El gobernador era Manuel Amador Guerrero.
Por último, el “Star & Herald” de 21 de junio de 1886 anuncia que Núñez aprobó la no aplicación del decreto de papel moneda de curso forzoso en Panamá. Por esos días también destituyen a Manuel Amador Guerrero, pero no queda claro si hay una relación de causa y efecto.
Con este marco histórico, los panameños llegamos a la independencia, por lo que no sorprende que la Constitución de 1904 introdujera el siguiente artículo: “No podrá haber en la República papel moneda de curso forzoso. En consecuencia, cualquier individuo puede rechazar todo billete u otra cédula que no le inspire confianza, ya sea de origen oficial o particular”.
Esta norma es heredera directa del pensamiento dominante en Panamá. Para ser exitosos en el mundo los panameños no podíamos permitir que el gobierno nos obligase a utilizar ninguna moneda. No podía fijar el valor de nuestras cosas, de nuestros ahorros y de nuestro comercio con el resto del mundo. Esta realidad histórica y económica se vino a juntar con el deseo de los norteamericanos de no tener que usar una moneda local para pagar por los trabajos del canal, así acordamos un Convenio Monetario con esa nación.
Pero, ¿qué es esto de curso legal y curso forzoso? Curso legal redime las obligaciones por ley; un acreedor, un deudor paga en esa moneda, y un acreedor puede exigir que se le pague en esa moneda por ley; y ambos tienen que aceptar la moneda. Curso forzoso es una moneda de curso legal que no es convertible. Básicamente el constituyente panameño dijo: El Estado puede emitir papel moneda, siempre y cuando lo haga convertible en algo.
La consecuencia más importantes de esta historia no es, como se afirma, que usamos el dólar, sino el no tener banca central, no tener control de la oferta monetaria y, hoy en día, no controlar el Estado el precio del dinero. El resultado de esta realidad es que los panameños gozamos de una economía estable, con la más baja inflación de todo el hemisferio (segunda en el mundo sólo con respecto a Suiza), con intereses competitivos, con acceso a crédito y servicios bancarios del primer mundo.
Por eso reitero lo que señalé en el artículo anterior, para tener éxito en este mundo globalizado, los panameños sólo tenemos que revolver la mirada hacia la brillantez de nuestros antepasados, quienes lo tenían claro, nuestro destino está en servir al mundo para beneficio nuestro.
[1] Traducción del autor
En 1884 Rafael Núñez gana la presidencia de la República por el partido liberal. Pero Núñez adelanta políticas contrarias a la agenda liberal. Estos se levantan en armas contra Núñez, quien recibe el apoyo de un grupo de liberales y del partido conservador. Núñez triunfa y con las bases de su apoyo forma el Partido Nacional, base ideológica del gobierno de la regeneración.
Para financiar esta guerra, Núñez acudió a la emisión clandestina de billetes del Banco Nacional. Para 1886 se vio forzado a suspender su convertibilidad de los billetes por oro. Decretó el curso forzoso del Billete del Banco Nacional y prohibió la libre estipulación de la denominación monetaria en los contratos, obligándose a que estos siempre fueran estipulados en peso colombiano.
La exclusión política del sector liberal, la mala situación económica, los escándalos monetarios y financieros, porque la emisión clandestina no vino a salir a la luz pública sino hasta después, dieron los elementos para una rebelión. Se levantan los liberales y se produce la Guerra de los Mil Días, que gana el gobierno de la regeneración.
La guerra la financian nuevamente con emisiones clandestinas, generando una inflación que, en ese momento, fue la inflación más alta registrada en la historia de la humanidad; llegó a 389% en 1901; la devaluación fue como 18 mil a una, algo realmente catastrófico.
¿Qué pasó en Panamá durante todo este período? Para conocerlo llevé a cabo una investigación en la hemeroteca de la Biblioteca Nacional, encontrándome lo siguiente:
El “Star & Herald” de 31 de mayo de 1886 publica una opinión diciendo que los decretos que establecen el papel moneda de curso forzoso, le harían mucho daño a la economía de Panamá “porque no tenemos industria y agricultura”, explica que el canal continuaría pagando con su papel moneda y dice que los comerciantes locales le piden a Núñez que exima a Panamá de la aplicación de esta medida.
Luego, en el “Star & Herald” de 5 de junio de 1886, otro editorial solicitando que no se aplique en Panamá el papel moneda. Señala como precedentes que dos decretos anteriores: el que creaba aduanas y el del monopolio de licores en Colombia, no fueron aplicados en Panamá por parte de Núñez. Con relación a la moneda, textualmente dice: “no existe país en el globo, y ciertamente ningún centro comercial, en el que las desastrosas consecuencias de la introducción de papel moneda de curso forzoso pueda ser sentido como en Panamá. Todo lo que consumimos es importado. Las cartas de crédito son el único medio de intercambio. ¿Podrán la compañía del canal u otras empresas o los banqueros privados emitir estas cartas de crédito a cambio de pedazos de papel llamados papel moneda, los cuales no representan valor alguno otro que el de imprimir los mismos?...Pero es ciertamente seguro que no existirá papel moneda emitido en el Istmo.”[1]
Con posterioridad el Gobernador Civil de Panamá suspende la ejecución de los Decretos sobre circulación forzosa de los Billetes del Banco Nacional, de la moneda de quinientos milésimos y suspensión del término de ciertas obligaciones, mientras resuelve definitivamente el Poder Ejecutivo Nacional sobre las peticiones que se le han dirigido. El gobernador era Manuel Amador Guerrero.
Por último, el “Star & Herald” de 21 de junio de 1886 anuncia que Núñez aprobó la no aplicación del decreto de papel moneda de curso forzoso en Panamá. Por esos días también destituyen a Manuel Amador Guerrero, pero no queda claro si hay una relación de causa y efecto.
Con este marco histórico, los panameños llegamos a la independencia, por lo que no sorprende que la Constitución de 1904 introdujera el siguiente artículo: “No podrá haber en la República papel moneda de curso forzoso. En consecuencia, cualquier individuo puede rechazar todo billete u otra cédula que no le inspire confianza, ya sea de origen oficial o particular”.
Esta norma es heredera directa del pensamiento dominante en Panamá. Para ser exitosos en el mundo los panameños no podíamos permitir que el gobierno nos obligase a utilizar ninguna moneda. No podía fijar el valor de nuestras cosas, de nuestros ahorros y de nuestro comercio con el resto del mundo. Esta realidad histórica y económica se vino a juntar con el deseo de los norteamericanos de no tener que usar una moneda local para pagar por los trabajos del canal, así acordamos un Convenio Monetario con esa nación.
Pero, ¿qué es esto de curso legal y curso forzoso? Curso legal redime las obligaciones por ley; un acreedor, un deudor paga en esa moneda, y un acreedor puede exigir que se le pague en esa moneda por ley; y ambos tienen que aceptar la moneda. Curso forzoso es una moneda de curso legal que no es convertible. Básicamente el constituyente panameño dijo: El Estado puede emitir papel moneda, siempre y cuando lo haga convertible en algo.
La consecuencia más importantes de esta historia no es, como se afirma, que usamos el dólar, sino el no tener banca central, no tener control de la oferta monetaria y, hoy en día, no controlar el Estado el precio del dinero. El resultado de esta realidad es que los panameños gozamos de una economía estable, con la más baja inflación de todo el hemisferio (segunda en el mundo sólo con respecto a Suiza), con intereses competitivos, con acceso a crédito y servicios bancarios del primer mundo.
Por eso reitero lo que señalé en el artículo anterior, para tener éxito en este mundo globalizado, los panameños sólo tenemos que revolver la mirada hacia la brillantez de nuestros antepasados, quienes lo tenían claro, nuestro destino está en servir al mundo para beneficio nuestro.
[1] Traducción del autor
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